Directiva de Equipos a Presión (PED) 2014/68/EU
Conceptos básicos:
Para poder comercializar equipos que operen a una presión máxima admisible (PS) superior a 0,5 bar, debes cumplir con la Directiva 2014/68/EU para poder utilizar el marcado CE.
Esto implica la clasificación del equipo según su categoría (I, II, III o IV) en función del fluido, presión, volumen o diámetro (DN).
Aplicación uno de los posibles módulos de evaluación de la conformidad (según Anexo III).
Finalmente, para equipos de categoría II o superior, es obligatoria la intervención y certificación de un Organismo Notificado (BV, LRQA, TÜV, SGS…)
¿En qué te podemos ayudar?
Acompañamiento en la realización del Dossier Técnico:
. Categorización de los equipos a presión.
. Análisis de riesgos de los equipos (AMFE).
. Evaluación de los Requisitos Esenciales de la Seguridad.
. Evaluación Particular de Materiales (PMA).
. Placas de características, Declaraciones de Conformidad…
Acompañamiento en Auditorías.
