Directiva de Equipos a Presión (PED) 2014/68/EU

Conceptos básicos:

Para poder comercializar equipos que operen a una presión máxima admisible (PS) superior a 0,5 bar, debes cumplir con la Directiva 2014/68/EU para poder utilizar el marcado CE.

Esto implica la clasificación del equipo según su categoría (I, II, III o IV) en función del fluido, presión, volumen o diámetro (DN). 

Aplicación uno de los posibles módulos de evaluación de la conformidad (según Anexo III).

Finalmente, para equipos de categoría II o superior, es obligatoria la intervención y certificación de un Organismo Notificado (BV, LRQA, TÜV, SGS…)  

 

¿En qué te podemos ayudar?

Acompañamiento en la realización del Dossier Técnico:

  . Categorización de los equipos a presión.

  . Análisis de riesgos de los equipos (AMFE).

  . Evaluación de los Requisitos Esenciales de la Seguridad.

  . Evaluación Particular de Materiales (PMA).

  . Placas de características, Declaraciones de Conformidad…

Acompañamiento en Auditorías.

 

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